Rechazar una oferta de una bolsa de empleo sanitario tiene sus consecuencias, pero en función de dónde se produzca la repercusión es más o menos dura para el que dice ‘no’. Cada comunidad autónoma tiene una legislación al respecto. Vamos a ir indicando de menor a mayor las sanciones por Comunidades Autónomas para que tengas claro qué te sucede si, por una cosa u otra, tienes que rechazar un empleo de una bolsa sanitaria.
¿Qué pasa si rechazas la bolsa de empleo sanitaria? El proceso de rechazar una oferta de empleo o una asignación en el ámbito sanitario puede variar dependiendo de la situación específica y las políticas de la institución o el sistema de salud en el que estés trabajando o al que estés aplicando.
Es importante que si te encuentras en la situación de rechazar una oferta de empleo en el ámbito sanitario, lo hagas de manera adecuada y sigas los procedimientos establecidos por la institución o el sistema de salud en cuestión. Esto puede incluir notificar a tu empleador o la entidad que te asignó a través de la bolsa de empleo con la mayor anticipación posible y proporcionando una razón válida para el rechazo. Cada caso es único, por lo que te recomiendo consultar con recursos humanos o los responsables de la bolsa de empleo para comprender las implicaciones específicas de tu situación.
Sanciones menos graves por rechazar un empleo de una bolsa de sanidad
Las comunidades autónomas menos contundentes en las sanciones por rechazar un trabajo son Andalucía, Valencia, Murcia, Castilla y León, Navarra, Galicia y Ceuta y Melilla, según informa Redacción Médica.
- Andalucía. En el caso de que la persona no se encuentre disponible o no sean capaces de comunicarse con ella dos veces seguidas, se aplica una multa de seis días. Si se renuncia una vinculación de larga duración, la sanción es de 30 días y si, la renuncia es una mejora de contrato, asciende a 180 días. Por último, si la renuncia es sobre un contrato ya iniciado, esta penalización es de 90 días.
- Valencia. Hasta que un profesional no rechaza una oferta por tercera vez no se aplica sanción. Una vez llegado esa tercera negativa, se suspende al candidato por un tiempo no superior a un año. En el caso de rechazar una cuarta oferta, la desactiva al sanitario de la bolsa durante dos años.
- Murcia. Si se da negativa a una oferta de corta duración, es decir de tres días, la sanción que se aplica es de un mes. En el caso de una oferta de larga duración, el rechazo conlleva sanción de varios meses. Si la oferta es de interino, la sanción es de un año. Además, cuando hay un segundo rechazo la comunidad incrementa el tiempo de sanción en un 50 por ciento; en el caso de una tercera renuncia, se incrementa en un cien por cien.
- Castilla y León. No aceptar un nombramiento conlleva seis meses de sanción en el estado “no disponible”.
- Navarra. Los sanitarios pueden renunciar hasta dos ofertas sin penalización. En el caso de rechazar una tercera, se aplica una sanción de dos años, aunque no se deja inactiva a la persona, sino que se la pasa al último puesto de la lista
- Galicia. La penalización por el rechazo de un empleo sería de un año, aunque en la página web de la Xunta de Galicia indican que la sanción «está reducida a seis meses durante el año 2023».
- Ceuta y Melilla. En el Ingesa, que corresponde a la gestión de la sanidad de Ceuta y Melilla, y que recae directamente en el Ministerio de Sanidad pauta, que, si se rechaza una oferta, esto conlleva una exclusión de seis meses a ser llamado para un nuevo empleo. En el caso de un segundo rechazo, aumenta a un año de sanción.
Sanciones moderadas por decir ‘no’ a un empleo de una bolsa de sanidad
Asturias, Cantabria, Aragón, Cataluña, Baleares, Extremadura, Madrid y País Vasco
- Aragón. contempla diferentes sanciones si se habla de personal facultativo y otros sanitarios. Los primeros tienen una sanción de pasar al último puesto de la lista si rechazan una oferta; el resto de categorías se enfrentan a un año sin recibir ofertas.
- Cantabria. Cuando la renuncia es sobre un nombramiento de sustitución, se excluye al sanitario un año de la bolsa. En el caso de que sea una renuncia a un nombramiento por vacante, la exclusión se eleva a dos años.
- País Vasco. Si se rechaza una oferta una vez ya se ha aceptado, o si no se reincorpora tras una baja de maternidad o un permiso de ausencia, se aplica la categoría de no disponible durante un año. La sanción será de nueve meses en caso de que no se haya aceptado tres ofertas en días diferentes en un mes (30 días naturales) realizadas para la misma bolsa.
- Asturias. Contempla las sanciones según el motivo de rechazo de la oferta. Si es un caso de motivos leves, la suspensión que conlleva es de dos meses. En el caso de motivo graves, es de cuatro meses y, en motivos muy graves, una suspensión de 24 meses o una suspensión definitiva.
- Extremadura. La sanción por rechazar una oferta es la exclusión de la bolsa hasta el siguiente baremo, que en el caso de esta comunidad autónoma es anual.
- Baleares. La sanción por rechazar una oferta de empleo de la bolsa oscila entre los nueve y los 12 meses de impedimento de acceso a la bolsa.
- Cataluña. Contempla, con el rechazo de una oferta, la suspensión de la bolsa de empleo hasta la siguiente baremación de méritos. Estas baremaciones se hacen cada dos años y, si el rechazo de la oferta está muy cerca de la siguiente baremación, la multa de cambia por una suspensión de seis meses de la bolsa.
- Madrid. En la Comunidad de Madrid esta sanción se sitúa en un año completo.
Castilla La Mancha y Canarias, las más duras
Castilla la Mancha es una de las comunidades que tienen sanciones más elevadas por rechazar la bolsa de empleo. En este caso se establece en una multa de 15 meses si la renuncia del trabajo es antes de comenzar en este, y 18 meses si la renuncia llega con el contrato de trabajo ya iniciado.
En el caso de las Islas Canarias, el rechazo de una primera oferta de empleo supone un año de exclusión de la lista; el de una segunda, la exclusión total de la bolsa.