La número de guardias médicas que tiene que hacer un facultativo al mes puede variar significativamente según varios factores, incluyendo el país, el tipo de práctica médica, la especialidad del médico, y las políticas específicas de la institución de salud en la que trabaja.
Según la normativa europea, un médico debería hacer como máximo entre 3,7 y cuatro guardias al mes. Sin embargo, en equipos pequeños se llegan a realizar siete u ocho jornadas de este tipo de manera mensual, ya que hay que cubrir puestos o por las denominadas “necesidades de servicio” que hace que este número máximo pueda aumentar.
Esto se debe a que no existe una jornada máxima anual para este colectivo, lo que en contra del artículo 40.2 de la Constitución Española que reconoce el derecho al descanso mediante la limitación de la jornada laboral.
¿Se pueden hacer guardias médicas de forma voluntaria?
Sin embargo, no hay que olvidar que existe la posibilidad de realizar guardias de manera voluntaria, es decir, que sea el profesional el que elija hacer esta jornada extraordinaria ya sea por necesidades del servicio o por algún otro interés de tipo económico o de descanso.
En algunos lugares y especialidades, los médicos pueden participar en sistemas de turnos que incluyen guardias nocturnas, fines de semana y días festivos. Estos turnos de guardia suelen ser parte integral de la práctica médica de emergencia y están diseñados para garantizar la disponibilidad de atención médica las 24 horas del día, los 7 días de la semana.
En otros casos, especialmente en áreas de atención primaria o en ciertas especialidades con horarios más regulares, los médicos pueden tener menos guardias o incluso ninguna, dependiendo de la estructura de su práctica y el sistema de salud en el que trabajen.